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PUNTAJE ANUAL DOCENTE (PAD)

PAD 2026
13/04/26

TEMA: Puntaje Anual Docente (PAD) 2026 (Pautas para la consulta, notificación y vía recursiva)

DESTINATARIOS: Personal Docente Titular de la DGCyE (Gestión Estatal)

1. Marco Normativo y Definición

En el marco de la Ley N° 10.579 (Estatuto del Docente), específicamente lo dispuesto en su

Capítulo X -artículos 50 al 53-, se establece el Puntaje Anual Docente (PAD) como la valoración numérica

de los antecedentes, títulos, cursos, antigüedad y calificaciones del personal titular de gestión estatal. Tal

como lo prescribe el artículo 51 de la mencionada ley, "los puntos para la clasificación de cada docente

se obtendrán multiplicando el promedio de calificaciones por la suma de los títulos y la antigüedad".

El Puntaje Anual Docente (PAD) es un derecho que permite la clasificación y el orden de prelación

en el sistema educativo provincial ante la solicitud de Movimiento Anual Docente (MAD),

Acrecentamiento, Concursos, Pruebas de Selección, entre otras acciones.

● Titulares: Docentes con carácter de situación de revista titular.

● Cargos Jerárquicos: Conforme a lo dispuesto por la Resolución (RESOC-2026-26-GDEBA-DGCYE) ,

las/os docentes que hayan accedido a cargos jerárquicos con estabilidad conservarán el Puntaje Anual

Docente (PAD) de su cargo de base previo, hasta obtener calificación en la nueva función.

● Movimiento Anual Docente (MAD): Docentes que se hayan trasladado a un cargo distinto al que

detentaban, dentro del mismo Nivel/Modalidad e inciso escalafonario, conservarán el puntaje del cargo

trasladado hasta reunir los requisitos estipulados por la normativa.

2. Cronograma de Exhibición y Notificación

- Período de exhibición: del 13 de abril al 24 de abril de 2026

- Plataforma de consulta: Ingresar con usuario ABC a la plataforma SERVADO (Servicio de valoración de

Docentes)

- Puntaje Anual Docente (PAD): http://servicios.abc.gov.ar/servaddo/puntaje.anual.docente/

- IMPORTANTE: La/el docente deberá visualizar su Puntaje Anual Docente (PAD) y utilizar la opción de

notificación dentro del aplicativo.

3. Vía Recursiva (Reclamos por Disconformidad)

Plazo de presentación: Hasta el 11 de mayo de 2026 (10 días hábiles posteriores a la finalización

de la exhibición).

Los recursos presentados fuera de término serán considerados extemporáneos e inadmisibles, en

virtud de lo establecido por el artículo 1° del Decreto-Ley N° 7647/70 (Normas de Procedimiento

Administrativo de la Provincia de Buenos Aires), “el cual regula el procedimiento para obtener una

decisión o prestación de la Administración Pública provincial.”

● Procedimiento: Utilizar el botón "RECURRIR PUNTAJE" en el portal @ABC.

● Formalización: El recurso se constituye al adjuntar la planilla de reclamo, que se puede descargar de la

misma plataforma, y la documentación probatoria digitalizada, según el mecanismo de recepción que

informe cada Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) de su distrito.

4. Instancias de Respuesta a Reclamos

1. Instancia de Revocatoria: La Secretaría de Asuntos Docentes del distrito analizará el reclamo y remitirá

la respuesta vía correo electrónico pad2020sad102@abc.gob.ar a la/el docente interesada/o. Si corresponde, se rectificará

el PAD en el portal SERVADO. (Servicio de Valoración de Docentes).

2. Instancia Jerárquica (interviene el Departamento de Puntaje Anual Docente - dependiente de la

Dirección de Tribunales de Clasificación).

Si la respuesta al recurso en instancia de revocatoria es adversa a las pretensiones de la/el

recurrente, la Secretaría de Asuntos Docentes elevará las actuaciones, vía GDEBA, al Departamento

de Puntaje, para su tratamiento en la instancia jerárquica.

La notificación se realizará a través de la Secretaría de Asuntos Docentes (SAD) y, de corresponder,

se rectificará en el portal SERVADO. (Servicio de Valoración de Docentes ).

5. Canales de Consulta de PAD por Distrito

Cada Secretaría de Asuntos Docentes publicará la modalidad de recepción en su sitio oficial

(https://abc.gob.ar/sad/).

6. Documentación Probatoria según el Ítem a Reclamar

Para dar continuidad al trámite, se deberá adjuntar:

● Títulos/Cursos: Digitalización (ambos lados) con registro en la Dirección General de Cultura y

Educación.

● Cargos Jerárquicos: Disposiciones de asignación/limitación de funciones, indicando fecha de inicio en

la función y de cese o continuidad, según corresponda, emitida por autoridad competente.

● Antigüedad: Docentes pertenecientes a instituciones educativas de gestión estatal deberán adjuntar el

Formulario 354.

Docentes pertenecientes a instituciones educativas de Gestión Privada, deberán adjuntar

Certificación Digital y constancia de la institución donde conste el cargo y el nivel/modalidad donde

el/la docente se desempeña.

● Promedio de Calificaciones: Copia autenticada de planilla resumen de calificación docente o SET 4

correctamente confeccionado.

● Docentes Omitidos: Aquellas/os docentes que no visualicen su Puntaje Anual Docente (PAD) en las

instituciones educativas donde revistan como titulares, además de la planilla de reclamo y las constancias

explicitadas en el punto 6, deberán adjuntar el anexo de designación en carácter de titular definitivo.

      COMUNICADO DISTRITAL SOBRE RECLAMOS DE PAD 2026

Secretaria de Asuntos Docentes de Tandil comunica que desde el 13 de ABRIL hasta el 24 de ABRIL  de 2026 se podrá visualizar  ingresando al Espacio Web SERVADO PAD (www.abc.gob.ar),  el Puntaje Anual Docente (PAD) 2026.

Durante este período, los y las docentes deberán ingresar con su usuario de ABC – SERVICIOS para validar su identidad pudiendo visualizar el PAD 2026 y de ese modo se dará por NOTIFICADO del mismo. Se recuerda que la acción de verificar el PAD 2026 es obligatoria para todos/as los/las docentes titulares de Gestión Estatal que pertenecen al sistema educativo de la Provincia de Buenos Aires dependiente de la DGCyE.

En caso de que el/la docente verifique alguna omisión o se encontrará disconforme con el PAD notificado, podrá desde el mismo Espacio Web, manifestar su disconformidad mediante el botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando el mismo identificado como RECURRIDO en el espacio SERVADO PAD. Y a continuación la/el docente DEBE enviar mail a: pad2020sad102@abc.gob.ar con la documentación correspondiente a su PAD RECURRIDO. Siempre usar su mail ABC. Mantener el mismo hilo de mail para realizar el seguimiento de su reclamo. Por lo cual se entiende que el PAD no es automático, es generado por el docente, al presentar la documentación correspondiente por mail.

Los recursos de revocatoria correspondientes a la notificación del PAD 2026 serán recepcionados por la Secretaría de Asuntos Docentes, hasta diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del período de NOTIFICACIÓN y siempre que el/la docente hubiera recurrido su PAD 2026, dentro del período establecido, en el portal SERVADO PAD.

 El recurso de PAD quedará constituido al adjuntar la planilla correspondiente y la documentación probatoria 

El período para presentar recursos y dar respuestas en instancia de revocatoria, será el comprendido entre los días 24/04/2026 hasta el 11/05/2026 (fecha en la que se cumplen los 10 días hábiles posteriores a la notificación del mismo).

 

 

En caso de que se envíe correo y no se cuente con la documentación respaldatoria no se podrá cargar el reclamo en el portal. La resolución del recurso será válidamente notificada al docente mediante el envío de un E-mail a su casilla de correo de la plataforma del ABC.

Se recuerda a los equipos directivos de los establecimientos educativos que deberán poner en conocimiento el procedimiento de notificación de PAD 2026 a todos/as los/las docentes titulares del establecimiento a su cargo. 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR RECURSOS DE PAD 2026:

  • Planilla de reclamo: (ANEXO I) cumplimentando todos los datos allí solicitados y marcando con una cruz lo/los ítem/s a recurrir. 

  • Nota del docente con el detalle de su disconformidad.

  • Las probanzas respaldatorias de su petición, a fin que sea considerado su recurso (Art 52° Decreto 2485/92 modificado por su similar 441/95)

  • En caso de recurrir PAD por omisión total para ser incorporados en el listado de PAD 2026, además de toda la documentación respaldatoria para los distintos ítems que conforman el PAD, los/as docentes deberán adjuntar: copia del acta de designación de titular definitivo labrada oportunamente por la Secretaría de Asuntos Docentes  o  copia de la Información de MAD/Acrecentamiento/Reubicación Definitiva enviada por SAD al establecimiento educativo donde ingresa y el acta de toma de Posesión en el nuevo destino del cargo/módulos/horas cátedras.

DOCUMENTACIÓN RESPALDATORIA DE ACUERDO AL/LOS  ÍTEM/S RECURRIDOS/S: En el caso que el docente recurra:

IMPORTANTE: en caso de no recurrir título  y/o  curso/s, los mismos se observaran en PID (PUNTAJE INGRESO A LA DOCENCIA)

  • TÍTULO HABILITANTE: se debe presentar copia del título habilitante (anverso y reverso) en el cual conste claramente la fecha de registro en la DGCYE.

  • TÍTULOS Y CURSOS BONIFICANTES: registrados hasta el 30/09/2025 Títulos Bonificantes (aquellos que no hayan sido considerados como habilitantes) anverso y reverso) en el cual conste claramente la fecha de registro en la DGCE . Cursos Bonificantes registrados en la DGCyE (anverso y reverso). en el cual conste claramente la fecha de registro en la DGCE.

  • CARGO JERÁRQUICO: Se deberá acreditar el desempeño en cargo jerárquico mediante las disposiciones pertinentes (Asignación y Limitación de las funciones Jerárquicas Transitorias). En el caso de no contar con el acto administrativo de limitación de las funciones jerárquicas transitorias, se adjuntará una constancia firmada por autoridad competente (Inspector/a de Área, Inspector/a Jefe Distrital o Regional) que especifique la continuidad o la limitación de la función. La misma debe indicar Dirección de Nivel /Modalidad de Educación, distrito, cargo, establecimiento, fechas de iniciación y cese o continuidad de cada prestación en cargo jerárquico por año.(MARZO A DICIEMBRE)

  • ANTIGÜEDAD:  Se acreditará mediante la presentación del Formulario 354 (disponible en www.abc.gob.ar link Puntaje Anual Docente, del SERVADO) donde conste todo el desempeño docente (con situación de revista titular, provisional y/o suplente) en establecimientos de Gestión Estatal de la Provincia de Buenos Aires, avalado por autoridad competente.  El desempeño docente del orden ex - nacional en jurisdicción territorial de la Provincia de Buenos Aires (Transferido), se debe acreditar mediante certificado del establecimiento educativo, avalado por autoridad competente.  Fotocopia autenticada El desempeño en Instituciones Educativas de Gestión Privada, se acreditará con la Certificación Digital y el/la docente deberá acompañar constancia de la institución, que especifique cargo y/o materia, curso/año/división, nivel y/o modalidad, fecha desde y hasta, ya que es requisito para cómputo del ítem Antigüedad. 

  • PROMEDIO DE CALIFICACIONES: Se deberá adjuntar copias autenticadas de la planilla resumen de calificación anual docente de la escuela, incluida la de titular interino (si correspondiera) O SET 4 (COMPLETOS).

  • Consultas: pad2020sad102@abc.gob.ar

 

CARPETA DRIVE DE NORMATIVA-FORMULARIOS-COMUNICADOS

 

                                              Secretaria de Asuntos Docentes Tandil.

                                                           Tandil, 13/04/2026.

PAD 2025
05/05/25

El Puntaje Anual Docente (PAD) 2025, se visualizará en la Página ABC (www.abc.gob.ar) ingresando al Espacio Web SERVADO PAD, desde el 5 de mayo de 2025 hasta el 16 de mayo 2025.

 

- Durante el período establecido, los/las docentes deberán ingresar al portal con el usuario de ABC – SERVICIOS para validar la identidad. En el espacio web SERVADO PAD, podrán visualizar su PAD 2025.

 

- La acción de verificar el PAD 2025 es obligatoria para todos/as los/las docentes titulares de la gestión estatal que pertenecen al Sistema Educativo de la Provincia de Buenos Aires dependiente de la DGCyE.

 

- Una vez que se visualiza el PAD 2025 en el portal ABC, desde el 16/5/2025 hasta el 30/05/2025 el/la docente podrá hacer uso del derecho a recurrir cuando no se encuentre conforme con el notificado o en caso de verificar algún tipo de omisión parcial o total. Deberá, entonces, desde el mismo Espacio Web, manifestar su disconformidad mediante el botón denominado RECURRIR PUNTAJE, quedando identificado como RECURRIDO en el SERVADO PAD.

A fin de interponer el recurso cada aspirante enviará un correo electrónico a Secretaría de Asuntos Docentes de Tandil, de la siguiente forma

 

Los Docentes deben enviar en todo reclamo a la Dirección: pad2020sad102@abc.gob.ar

Asunto: apellido y nombre- DNI- PAD 2025

Adjuntar: DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR – DIGITAL, FOTO O ESCANEO

                 * Planilla de reclamos PAD 2025 que obra en el portal abc – Servicios, (link de enlace al final del texto). Digitalizada y completa, indicando denominación de la materia o cargo, código PID y carga horaria titular.

                 * Nota con el detalle de la disconformidad y las probanzas respaldatorias de la petición, a fin que sea considerado (art 52° Decreto   

                    2485/92 modificado por su similar 441/95).

                 * Designación como TI, DD, constancia de MAD, Acrecentamiento, o de la acción estatutaria que pruebe el acceso a la titularidad.

De acuerdo a cada ítem reclamado:

- Título habilitante: sólo debe presentarse probanza en el caso de que haya alguna disparidad con lo que consta en el PID. Los datos se obtienen de la oblea PID 2025.

-Bonificantes: sólo deben presentarse aquellos que no hayan podido incluirse en el Ingreso a la Docencia 2024. Los datos se obtienen de la Oblea PID 2025.

-Antigüedad: considerar que para PAD, la antigüedad es por cargo y por Rama, NO la que tengo en total en la Docencia. Por eso, si se reclama este ítem debe presentarse Formulario 354 completo, por cargo y por Rama (por ejemplo, MG – Primaria), incluyendo desde la primera suplencia realizada. De esta manera se puede calcular la antigüedad pura en ese cargo y esa rama. Debe estar firmado por un directivo que avale las secuencias de trabajo.

       Para acreditar el desempeño en DIEGEP debe presentarse form. CEC 15 completo y homologado por DIEGEP ó certificación de servicios solicitada a través de GLPI.

-Calificaciones: deben presentarse todas aquellas obtenidas desde TI hasta la 2024 incluida, que correspondan al cargo/Rama que reclama. O bien desde la obtención del MAD, Acrecentamiento, etc.  Como mínimo deben ser dos. También puede presentarse copia autenticada de la planilla resumen de CAD del Establecimiento.

CONSIDERACIÓN: Si tengo un MAD donde cambio cargo y rama, la antigüedad vuelve a 0 (cero).Por ejemplo, paso de MI – Inicial a PR –    Secundaria. Esta situación puede variar si el docente tiene antigüedad previa en el cargo/rama que reclama, o sea, si antes trabajó como PR – Sec, se le computan los servicios en ese cargo. De ahí la importancia del F.354 completo.

Calificaciones: deben presentarse todas aquellas obtenidas desde TI hasta la 2024 incluida, que correspondan al cargo/Rama que reclama. O bien desde la obtención del MAD, Acrecentamiento, etc.  Como mínimo deben ser dos. También puede presentarse copia autenticada de la planilla resumen de CAD del Establecimiento.

Cargo Jerárquico: Para este ítem deben presentarse las disposiciones desde la Asignación del cargo.  También  adecuaciones y limitaciones, si las hubiera.

 

TODAS LAS CONSULTAS SE RESPONDERÁN exclusivamente por correo electrónico.pad2020sad102@abc.gob.ar

 

CRONOGRAMA

Exhibición de PAD 2025: 05/5/2025 al 16/5/2025

 

INTERVENCIÓN  Docentes en página ABC www.abc.gob.ar Ingresando al espacio web SERVADO PAD

 

Presentación de recursos de revocatoria: 16/5/2025 al 30/6/2025.al mail pad2020sad102@abc.gob.ar

INTERVENCIÓN  Ingresando al espacio web SERVADO PAD - Secretaría de Asuntos Docentes

 

 

Respuesta de Recursos de revocatoria:

En la medida que los/las docentes se notifiquen y recurran el PAD 2025 dentro del período de notificación, se podrá proceder a responder el recurso de revocatoria.

Recordar que es hasta diez (10) días hábiles posteriores a la finalización del periodo de exhibición, siempre que el/la docente hubiera recurrido su PAD, dentro de dicho período en el portal  SERVADO PAD 2025

INTERVENCIÓN Secretaría de Asuntos Docentes.

La respuesta del recurso, será notificada al docente mediante el envío de un correo electrónico a la casilla de correo @abc. Asimismo, se publicará la rectificación / inclusión del PAD, que eventualmente corresponda, en el Espacio Web SERVADO PAD.

En caso de que el/la docente continúe en disconformidad y solicite recurso jerárquico en subsidio se obrará conforme a lo establecido en la Ley N°10579/87 modificatorias y su reglamentación, Cap. XXIV.

Transcurrido el período indicado y de acuerdo al cronograma establecido, el PAD 2025 correspondiente al docente que no hubiese planteado disconformidad y actuado de acuerdo a lo expresado en los párrafos precedentes, es decir, que no haya interpuesto recurso, tendrá por firme y consentido el PAD 2025 notificado a través del portal.

 

planilla de reclamo 

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